lunes, 10 de febrero de 2020

El senado aprueba una moción para rebajar la edad de jubilación de los conductores profesionales

  • De Felipe

El pasado martes la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Senado aprobó la Moción Parlamentaria promovida por ERC, para la mejora laboral y social del colectivo de transportistas de mercancías por carretera. según ha publicado FENADISMER, en su página web. Entre las medidas a que se insta al gobierno se encuentran, rebajar la edad de jubilación de los conductores profesionales así como prohibir que realicen las labores de carga y descarga, entre otras.
La Moción debatida expone las cada vez peores condiciones de trabajo de los conductores profesionales, las cuales están afectando de forma preocupante a los índices de siniestralidad y morbilidad, por lo que dicha actividad profesional es “reconocida como de alto riesgo por la Organización Internacional de Trabajo”.

domingo, 9 de febrero de 2020

Irizar se adjudica el mayor pedido de autobuses para su planta de Marruecos

Irizar ha sido el adjudicatario para el suministro de 200 autobuses destinados a Alsa Albaida.
Los autobuses del modelo Irizar i3le sobre chasis Scania K320 UB4X2 LB Euro6 estarán personalizados a las necesidades de operación de la ciudad...Leer más....

Estos son los medicamentos que según la DGT pueden dar positivo en drogas al volante y que se venden en farmacias

Fronteras kiko
Según la DGT, el 25 % de los fármacos que se consumen habitualmente, autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, pueden afectar a la conducción de alguna forma, y los datos muestran que el el 21 % de los conductores y el 32 % de los peatones fallecidos en un siniestro vial en 2016 dieron positivo en psicofármacos.
Además de ser peligrosos al volante, muchos de los medicamentos que se pueden adquirir sin receta pueden inducir un falso positivo durante el drogotest, como el Ibuprofeno o los antihistamínicos...Leer más...

martes, 4 de febrero de 2020

Palo a la DGT: no puede multar sin identificar

 From Hade..


La Dirección General de Tráfico (DGT) ha sufrido un revés por parte de la justicia: no puede multar ni quitar puntos del carnet de conducir si no identifica a la persona que ha cometido la infracción. Esta ha sido la resolución del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid, que, según informa ABC, ha basado su dictamen en una poderosa razón: se estaba vulnerando la presunción de inocencia del conductor.

El citado juzgado anuló, por primera vez, una multa de estas características en 2018. Los hechos fueron los siguientes. Pegasus captó a un vehículo que circulada a 160 kilómetros por hora en un tramo cuyos límites impedían ir a más de 120 km/h. La multa, por lo tanto, fue debido al exceso de e

Se negó a identificar al conductor

El dueño del coche en cuestión se negó a identificar al conductor y recurrió la multa que le había puesto la DGT a través de su abogado. Esta infracción en concreto suponía un castigo económico de 300 euros y la sustracción de dos puntos del carnet de conducir. El recurso prosperó y la sentencia no se centra en la velocidad a la que circulaba sino en que “no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo”.
¿Qué quiere decir la sentencia con esto? Según el dictamen, se está vulnerando la presunción de inocencia del dueño del coche o de la de la persona que habría sido sancionada sin poder demostrar que estaba conduciendo el vehículo en el momento de la infracción. Por lo tanto, impide a la DGT multar y quitar puntos si el infractor no está correctamente identificado.